1. Hemos auditado el balance general de PERUPETRO S.A., al 31 de diciembre del 2006 y 2005, y los correspondientes estados de ganancias y pérdidas, de cambios en el patrimonio neto y de flujos de efectivo por el año entonces terminado. así como el resumen de políticas contables significativas y otras notas explicativas.
2. La Gerencia es responsable de la preparación y presentación razonable de estos estados financieros, de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados en el Perú. Esta responsabilidad incluye, entre otros, diseñar, implantar y mantener el control interno pertinente en la preparación y presentación razonable de los estados financieros para que estén libres de representaciones erróneas de importancia relativa, ya sea como resultado de fraude o error; seleccionar y aplicar las políticas contables apropiadas; y realizar las estimaciones contables razonables de acuerdo con las circunstancias.
3. Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre estos estados financieros basada en nuestra auditoría. Nuestra auditoría fue realizada de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en el Perú y normas de auditoria gubernamental. Tales normas requieren que cumplamos con requerimientos éticos y que planifiquemos y realicemos la auditoría para obtener una seguridad razonable que los estados financieros no contienen representaciones erróneas de importancia relativa.
4. Según se expone en nota 3, a los estados financieros, PERUPETRO S.A., en cumplimiento a lo dispuesto en normativos legales y tributarios, registra como gasto, las transferencias que realiza al Tesoro Público; política contable que difiere de los principios de contabilidad generalmente aceptados, que prescriben que dichas transferencias deben ser registradas como anticipos de dividendos. El monto de las transferencias al Tesoro Público en el año 2006, asciende a S/. 1 189 946 630.
5. De haberse registrado las transferencias al Tesoro Público en el año 2006 como anticipos de dividendos, de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados, el resultado del año 2006 de utilidad cero, se hubiera convertido en una utilidad de S/. 1 189 946 630. Con relación a esta utilidad, la Ley N° 26415, de fecha 29 de diciembre de 1994, establece que, para todo efecto, incluido el impuesto a la renta, las transferencias que PERUPETRO S.A., efectúe al Tesoro Público por mandatos legales, constituyen gastos incurridos en el ejercicio correspondiente.
6. En nuestra opinión, debido al efecto significativo de los asuntos expuestos en los párrafos 4 y 5 anteriores, los estados financieros antes mencionados, no presentan razonablemente, la situación financiera de PERUPETRO S.A., al 31 de diciembre del 2006, ni los resultados de sus operaciones ni sus flujos de efectivo, por los años terminados en esas fechas, de conformidad con Normas Internacionales de Contabilidad.
7. En nuestra opinión, los estados financieros antes mencionados, presentan razonablemente la situación financiera de PERUPETRO S.A., al 31 de diciembre del 2006, los resultados de sus operaciones y sus flujos de efectivo por los años terminados en esas fechas, de conformidad con el marco contable establecido en los dispositivos legales y tributarios aludidos en los párrafos 4 y 5 anteriores.
Lima, Perú 08 de Marzo del 2007
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